Cooperativas de Producción
Cooperativas de Producción
Es una asociación de personas que se reúnen para trabajar con un objetivo en común, con el esfuerzo mancomunado de todos y para todos, con el fin de mejorar su situación social y económica, dejando de ser asalariados para transformarse en dueños de su propios destino, poniendo el capital y el trabajo al servicio del hombre, revirtiendo los valores sociales, las cooperativas son vivas expresiones del crecimiento cuantitativos y cualitativos, están presente en todos los rincones del país, trabajando por una comunidad en armonía, equilibrio, crecimiento, con una evaluación económica, con la esperanza de una inclusión social digna.
"Distintos estudiosos en cooperativistas, se llevó a una sola conclusión que las cooperativa más perfecta son las de producción, por que el grupo, viven para la cooperativa, y cada día se avocan más en su trabajo, dedicando todo el tiempo necesario para lograr el crecimiento de la entidad, desarrollando al máximo el espíritu solidario, porque los trabajadores depende unos de los otros.
Las cooperativas de trabajo o producción es una organización empresarial con pautas de derecho, sus asociados procuran mediante los principios y valores cooperativos a la oferta y la demanda del trabajo, en forma individual, grupal y a su vez articula colectivamente con sus pares, con otros individuos o empresas, materializando una fuente ocupacional permanente, y obteniendo beneficios, para mejorar la calidad de vida de su familia, colocando sus productos o servicio al mercado, teniendo en cuenta los costos y reservas asignadas por la ley, el estatuto, y, proporcionalmente la cantidad y condición en que se ocupó su tarea laboral con la entidad o través de ella".
RESEÑA HISTÓRICA Y NORMATIVA DE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO
Las Cooperativas por la legislación y la práctica vigente en nuestra Nación Argentina las Cooperativas de producción se las conoce con el nombre de Cooperativas de Trabajo, y poseen características propias que la diferencian de las demás, pero se rigen por los mismos principios y valores que fueron aprobados en Manchester en 1995.
ESTOS PRINCIPIOS FUNDAMENTAN
1.-Los obreros pasarán a ser empresarios, y elegirán entre ellos uno o dos representantes que tendrán la firma social.
2.-Cada trabajador continuará cobrando un salario según los usos adoptados en la profesión, es decir por jornal o tarea y por la habilidad individual.
3.- Se reservará una cantidad equivalente a las que los empresarios intermediaros descuentan en cada jornada; al final del ejercicio, esa cantidad que es el beneficio neto, se repartirá de la siguiente manera: veinte por ciento para formar y aumentar el capital social, el resto en socorros y entre sus asociados en función de la tarea y responsabilidad de cada uno en la cooperativa.
4.-El capital social que se irá acrecentando cada año corresponderá a la asociación y será declarada indisoluble, para asegurar la continuidad de la entidad.
5.-La Asociación no podrá consentir obreros no pertenecientes a ella, por más de un año, pasado ese tiempo, estará obligada admitir la cantidad de obreros nuevos que haga falta por el acrecentamiento de sus operaciones.
Estas primeras entidades así organizadas fueron extendiéndose por el mundo; siendo en nuestro país la primera de ellas "La Edilicia, Cooperativa de Construcciones Ltda." que comienza a funcionar en 1928, en la localidad de Pergamino, Provincia de Bs. As. A partir de ahí el desarrollo de estas cooperativas, es constante y sostenido, estando integradas por quienes real y efectivamente prestan sus servicios personales.
Por ejemplo para una industria cooperativa, es necesario en el mundo moderno el trabajo aunado de técnicos, administradores, personal especializado y operarios, de acuerdo a las necesidades, siguiendo pautas preestablecidas para el desarrollo de las tareas. Todos ellos son socios con un solo voto en las Asambleas, todos pueden elegir y ser elegidos en los Consejos de Administración, pero cada uno participa de los resultados de la cooperativa según un índice que se adjudica teniendo en cuenta muy especialmente el grado de responsabilidad. En estas condiciones las cooperativas planifican la producción, realizan estudios de mercado, incorporan más y mejor tecnología y equipos y comercializan su producción por intermedio de la organización de ventas integrada por sus socios.
La ley 20.337 de cooperativas, se complementa con las Resoluciones del ex INAC, el estatuto y normas reglamentarias del Consejo de Administración.
El estatuto adecua las normas legales a las necesidades de la cooperativa de trabajo, según su objeto social y la decisión de los asociados respecto de determinadas cuestiones.
Los reglamentos son normas dictadas en consecuencia del estatuto y como expresión unilateral de la voluntad social manifestada en la asamblea, regula diversos aspectos de las actividades de las cooperativas de trabajo.
El reglamento interno determina todas las cuestiones que los asociados consideren convenientes seguir para el ordenamiento y desarrollo de la vida social.
ÁMBITO DE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO
Debido a la extensión del medio en que se desarrollan, necesitan contar con un marco jurídico necesario que garantice la viabilidad de sus objetivos, motivo por el cual los legisladores deben contar con el dictamen y asesoramiento de técnicos en distintas disciplinas, que estudien el comportamiento y desarrollo humano dentro de la empresa.
Estas entidades han tomado una amplia difusión en el contexto sociocultural del país, por cuanto desempeñan una función sorprendente en nuestra economía, posibilitando la elevación social, cultural y moral de la población. Pero no sería posible el logro de los objetivos, si no se cuenta con un grupo de personas disciplinadas, laboriosas y responsables, que sientan la necesidad de organizarse, para instaurar una fuente permanente de trabajo, que les asegure condiciones socioeconómicas justas y dignas para independizarse y transformarse en responsables directos en los distintos medios en que se desempeñen, ya sea creando nuevas cooperativas y/o manteniendo sus fuentes de trabajo en empresas que debieron cerrar sus puertas porque no pudieron solventar las deudas contraídas y/o empresas que por las mismas razones ofrecieron al personal sus plantas industriales para continuar con la explotación y solucionar el problema de la falta de trabajo.
En la actualidad en la Argentina funcionan unas 8.150 cooperativas de trabajo, que según la actividad que desarrollan revisten diversas modalidades que son:
• Transporte.
• Turismo.
• Construcción, vidrio y Muebles.
• Enseñanza.
• Industria de la alimentación.
• Mecánicos y afines.
• Distribuidores de diarios y revistas.
• Gráficas, editoriales y afines.
• Agropecuarias.
• Teatro, cine, radio y afines.
• Asistencia médica.
• Confeccionistas y zapateros.
• Vigilancia.
• Textiles.
• Forestales y aserraderos.
• Procesamiento de datos, asesoramiento y control gestión.
• Promotores y cobranzas.
• Fletes.
• Artesanos.
• Otros